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BASES Y CONDICIONES: “PROMOCIÓN VUELTA AL COLE 2025”

ALTO NOA SHOPPING.

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT 30-52532274-9, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 9, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante el “Organizador”) es el organizador de la presente Promoción sin obligación de compra denominada “VUELTA AL COLE 2025” (en adelante la “Promoción”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.

  1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo desde el día 17/02/2025 hasta el 20/02/2025, de 10:00hs. a 14:00hs. y de 18:00hs. a 22:00hs., o hasta agotar stock de doscientos (200) Beneficios, lo que ocurra primero (en adelante el “Plazo de Vigencia”) en Alto Noa Shopping, sito en Av. Bicentenario de la Batalla de Salta 702, Salta (en adelante el “Shopping”).
  2. REQUISITOS PARA ACCEDER A LA PROMOCIÓN: Podrán participar de la Promoción (I) aquellas personas físicas, (II) mayores de 18 años, (III) que residan en la Provincia de Salta, (IV) que se encuentren registradas y/o se registren en ¡appa!, y (V) que carguen en ¡appa! y presenten en el stand de la Promoción en el Shopping una factura de compra por alguna de las sumas indicadas en el punto 4 de las Bases (en adelante los “Usuarios” y/o “Participantes”).
  3. FACTURAS Y/O TICKETS ADMITIDOS: Son facturas o tickets de compra habilitados para participar de esta Promoción aquéllos que reúnan simultáneamente las características que se establecen a continuación: (i) Que haya sido emitida/o entre el 17/02/2025 y el 20/02/2025, ambos inclusive, en locales y/o stands del Shopping, (ii) Que sea por alguno de los montos indicados en el punto 4 de las Bases, y (iii) Que sea presentada durante el Plazo de Vigencia en el stand de ¡appa! de la Promoción ubicado frente a local Markova y Prüne, y cargada en ¡appa!

Habilitada la factura conforme a los requisitos enumerados en el presente punto, los Participantes deberán escanear mediante ¡appa! el código QR exhibido en el Stand y el Organizador entregará el Beneficio que corresponda al monto de la factura (conforme se define en el apartado siguiente). No se podrá acumular facturas para llegar al monto requerido. Se podrá participar una (1) vez por día, por persona y por factura durante el Plazo de Vigencia. No participan de la presente Promoción las facturas y/o tickets de Carrefour, Farmacity, YPF y Casino Boulevard.

La presente Promoción no otorga premios, ni ha sido concebida en forma de concurso o certamen, en razón de no intervenir el azar en la resolución de la misma.

  1. BENEFICIO: Aquellas personas que cumplan con los requisitos previstos en el punto 2) y 3) (en adelante los “Beneficiarios”) serán adjudicatarios de los siguientes beneficios conforme al monto de la factura presentada (En adelante los “Beneficios”):
  • Las personas que presenten una factura mayor o igual a la suma de setenta mil ($70.000) se llevarán un (1) kit escolar de Librería Lerma, entre las siguientes opciones: (a) 1 libreta husares, 2 lápiz negro bic, 1 sacapuntas sabonis, 1 pack lapiceras x10 koby, 1 fibra x6 trabi (stock 50 kits); (b) 1 libreta husares, 3 resaltadores trabi, 1 portaminas sabonis, 1 borrador área cero (stock 50 kits); (c) 1 libreta husares, 3 resaltadores trabi, 3 lapiceras bic, 1 corrector ezco (stock 50 kits); o (d) 1 libreta husares, 1 lápiz negro bic, 1 sacapuntas keyroad, 1 borrador deli, 1 lápiz x12 cortos simball, 1 fibra x 6 trabi (stock 50 kits). Los kits serán entregados a elección y criterio del Organizador. Asimismo, podrán escanear un código QR en ¡appa! para obtener un premio aleatorio entre las siguientes posibilidades:
    1. Una (1) tarjeta Neverland (vigencia 30 días, con 10.000 bonus cada una) hasta agotar stock de diez (10) tarjetas. Válido para utilizar en el local Neverland de Alto Noa hasta agotar el bonus o hasta su vencimiento, lo que ocurra primero.
    2. Un (1) voucher por unas papas medianas de Mc Donald’s hasta agotar stock de setenta (70) vouchers. Válido por única vez hasta el 31/03/2025.
    3. Un (1) voucher por un combo 1, 2, 3 o 4 mediano de Mc Donald’s hasta agotar stock de ocho (8) vouchers. Válido por única vez hasta el 31/03/2025.
    4. Un par (2) de entradas para cine Hoyts (vigencia 30 días) hasta agotar stock de veinte (20) pares de entradas. Válido para películas 2D o 3D en cartelera, válido por única vez.
    5. Una (1) bolsa de Librería Lerma entre las siguientes opciones: (a) bolsa Pelikan:1 corrector, 1 lapicera azul, 1 resaltador amarillo, 1 adhesivo (stock 25 bolsas); (b) bolsa Filgo 1 caja de crayones x 8u + 1 porta llaves (stock 99 bolsas); (c) bolsa Norpac 1 block de notas, 1 cuaderno chico (stock 15 bolsas); o (d) bolsa Mooving 1 set de clips, 1 set lápices pastel x 10, 1 set marcadores pastel x 8 (stock 30 bolsas). Las bolsas serán entregadas a elección y criterio del Organizador.
  • Las personas que presenten una factura desde cincuenta mil ($50.000) hasta pesos sesenta y nueve mil novecientos noventa y nueve ($69.999) se llevarán un (1) kit escolar de Librería Lerma, entre las siguientes opciones: (a) 1 libreta husares, 2 lápiz negro bic, 1 sacapuntas sabonis, 1 pack lapiceras x10 koby, 1 fibra x6 trabi (stock 50 kits); (b) 1 libreta husares, 3 resaltadores trabi, 1 portaminas sabonis, 1 borrador área cero (stock 50 kits); (c) 1 libreta husares, 3 resaltadores trabi, 3 lapiceras bic, 1 corrector ezco (stock 50 kits); o (d) 1 libreta husares, 1 lápiz negro bic, 1 sacapuntas keyroad, 1 borrador deli, 1 lápiz x12 cortos simball, 1 fibra x 6 trabi (stock 50 kits). Los kits serán entregados a elección y criterio del Organizador.

El stock de doscientos (200) kits Lerma es compartido entre las facturas de $50.000 a $69.999 y de $70.000 o más. Por lo tanto, una vez entregadas doscientos (200) Beneficios la Promoción finalizará.

Quienes presenten una factura mayor o igual a pesos setenta mil ($70.000) únicamente se llevarán el Beneficio correspondiente a dicho monto y no podrán solicitar el beneficio por correspondiente a facturas de $50.000 hasta $69.999.

Agotado el stock de cada uno de los Beneficios, los Participantes no podrán reclamar el suyo ni exigir al Organizador ninguna otra prestación y/o sumas de dinero. Los Beneficios serán entregados contra presentación y constatación de cumplimiento de los requisitos enumerados en el apartado tres (3). Pasado el Plazo de Vigencia, el Beneficiario no tendrá derecho a reclamar el Beneficio.

Los Beneficios no se podrán canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto y/o servicio ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozarán de aquellos total o parcialmente por cualquier causa.  Los Beneficios se limitan al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes, prestaciones ni gastos. En consecuencia, todo gasto adicional en el que incurran los Beneficiarios para acceder, hacer uso o disponer de los Beneficios correrá por su exclusiva cuenta. Los Beneficios son para uso personal de los Beneficiarios y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Beneficio.

El Organizador no reemplazará los Beneficios que sean extraviados o robados, después de su entrega del mismo a los Beneficiarios. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al servicio ofrecido como Beneficios. El Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los Usuarios en cualquier etapa de la Promoción, con excepción de lo previsto en estas Bases.

  1. BENEFICIO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquier Beneficio no pudiera entregarse, el Beneficio quedará en poder del Organizador para volver a sortear.
  2. RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Beneficiario en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Beneficio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases.

El Organizador en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.

Al recibir el Beneficio, el Beneficiario lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Beneficiario conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en la Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Beneficio.

  1. DATOS PERSONALES: Los Datos Personales brindados por los Usuarios al momento de participar de la Promoción podrán ser utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA o de sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas.

Los datos personales obtenidos con motivo de la presente Promoción, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente

El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Beneficiarios por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Usuarios prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Usuarios no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a clientes@irsacp.com.ar

La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”

  1. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la duración de la Promoción y los Beneficios por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Usuarios. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
  2. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en esta Promoción aquellas personas menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de vigencia de la Promoción ni quienes tengan su domicilio fuera de la Provincia de Salta, los empleados del Organizador y/o sus sociedades vinculadas, los locatarios y empleados de los locales y/o góndolas comerciales ubicados en el Shopping, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción.
  3. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta Promoción implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al Organizador, podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.
  4. COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante, los Tribunales Comerciales de la ciudad de Salta y/o de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.